Secuestro Judicial: cómo la justicia contribuyó a que un hombre violento aislara a su hija de su madre

El 11 de marzo de 2022, una niña de nueve años fue separada abruptamente de su madre por orden del Juez Lorenzini. Sin previo aviso, sin posibilidad de despedirse de su escuela, su familia ni sus afectos, fue enviada a vivir con su padre, Osvaldo Abt, un hombre denunciado por violencia de género. Desde entonces, la niña no ha tenido contacto genuino con su madre; cada encuentro ha estado monitoreado, cada videollamada supervisada y cada intento de comunicación ha sido obstaculizado.

El derecho de la infancia a vivir en un entorno seguro y libre de violencia ha sido completamente vulnerado en este caso. La Convención sobre los Derechos del Niño, con jerarquía constitucional en Argentina desde 1994 (artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional), establece que el interés superior del niño debe ser la consideración primordial en todas las decisiones que le afecten. ¿Dónde quedó ese principio cuando una niña fue obligada a vivir con un hombre denunciado por violencia de género? ¿Cómo justifica el sistema judicial su pasividad ante la violación sistemática de sus propios fallos?

Hasta el día en que fue separada de su madre, la niña tenía un entorno estable, amoroso y seguro. Era una niña alegre, educada y contenida. Tres años después, tras haber vivido bajo la influencia de un hombre violento, su comportamiento ha cambiado drásticamente:ahora responde con agresividad, insulta a su madre y repite las mismas expresiones despectivas que su padre usa contra ella.

Esto no es una simple consecuencia de un cambio de custodia; es un claro ejemplo de violencia vicaria, reconocida en el derecho internacional como una forma de violencia de género en la que hijas e hijos son utilizados como herramienta de castigo hacia las madres. En Argentina, la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres incluye la violencia vicaria como una de sus manifestaciones. Sin embargo, en este caso, el Estado no solo ha ignorado esta realidad, sino que ha sido cómplice de su perpetuación.

En mayo de 2023, el Juez Avile Crespo, junto con la asesora de menores, escuchó a la niña y constató su voluntad de regresar con su madre. En base a ello, dictó una resolución que ordenaba su regreso en julio de ese año. Pero el padre se negó a cumplir la orden y la justicia no tomó ninguna medida para hacerla efectiva.

El principio de tutela judicial efectiva, garantizado por el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, exige que las resoluciones judiciales sean cumplidas. Pero aquí, una orden judicial fue desobedecida sin ninguna consecuencia. ¿Acaso la ley solo se aplica a algunas personas? ¿Por qué se permite que un progenitor incumpla un fallo sin represalias, mientras que la madre ha sido sometida a evaluaciones psicológicas y exigencias que no se aplicaron al padre?

La operación no urgente a la que el padre sometió a la niña en agosto de 2023, sin consentimiento de la madre, no solo es una maniobra dilatoria, sino una violación a su responsabilidad parental compartida. La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establece que las decisiones sobre la salud de un menor deben ser consensuadas por ambos progenitores. Aquí, no solo se violó ese principio, sino que se utilizó la salud de la niña como una estrategia más para impedir su regreso con la madre.

VIOLENCIA INSTITUCIONAL: UN PROCESO MARCADO POR EL SESGO DE GÉNERO

Este caso no solo exhibe violencia vicaria y desobediencia judicial, sino que también está atravesado por una grave violencia institucional. Desde el inicio del proceso, la madre fue tratada con prejuicios y descalificaciones basadas en estereotipos de género.

El abogado defensor del niño, Gustavo Massino, jamás entrevistó a la menor, pero aun así habló en su nombre. ¿Cómo puede un representante legal actuar sin conocer a la persona que representa? ¿Cómo el Poder Judicial permite que un abogado se arrogue la voz de una niña sin haberla visto ni una sola vez?

La actuación de la nueva abogada de la niña, Caren Evelyn Czernik, no solo ha profundizado la violencia institucional ya existente en este caso, sino que también ha intentado distorsionar la realidad para perjudicar aún más a la madre. En lugar de velar por el interés superior de la menor, Czernik ha replicado la estrategia de desacreditar a la madre. Su único contacto es con el padre, el mismo hombre denunciado por violencia de género, y en base a su relato construye un discurso que busca ocultar su historial violento y presentar a la madre como agresiva. Su accionar, lejos de velar por el interés superior de la niña, refuerza la desvinculación materna y legitima un entramado judicial que sigue vulnerando derechos en lugar de protegerlos.

Las pericias psicológicas también evidencian una clara parcialidad: mientras que la entrevista con la madre se extendió por cuatro horas y se la sometió a pruebas exhaustivas, la del padre duró apenas 20 minutos. A ella se le exigió que hiciera terapia; a él, nada. Esta diferencia de trato no es casual. Responde a una estructura judicial que, en lugar de garantizar igualdad de derechos, refuerza las desigualdades de género.

EL PODER JUDICIAL TIENE LA OBLIGACIÓN DE REPARAR EL DAÑO

La justicia no puede seguir actuando con esta negligencia. La Ley Micaela (27.499) establece la capacitación obligatoria en género para todos los funcionarios públicos, incluyendo el Poder Judicial. Sin embargo, este caso demuestra que los jueces y operadores judiciales siguen sin aplicar una verdadera perspectiva de género en sus decisiones.

No es suficiente con reconocer el error; es necesario repararlo. La niña debe regresar con su madre. El Estado debe garantizar que se adopten las medidas necesarias para restablecer el vínculo materno que ha sido sistemáticamente destruido por decisiones judiciales erradas. La violencia vicaria debe ser reconocida, condenada y erradicada.

El Poder Judicial aún tiene la oportunidad de hacer lo correcto. Pero el tiempo sigue corriendo, y cada día que pasa sin una solución es un día más de sufrimiento para esta niña y su madre. ¿Seguirá la justicia siendo cómplice de la violencia, o finalmente asumirá su responsabilidad y actuará en defensa de quienes realmente lo necesitan?

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