A la Espera de Justicia: Apelación crucial para revisar la absolución de César Lebus por abusar sexualmente de sus hijos y el uso del «SAP» en la sentencia para liberar al abusador

Estamos muy pendientes de la apelación a la sentencia del tribunal de primera instancia constituido por los jueces Martín Gauna Chapero, Norma Senn y Santiago Banegas (presidente). Recordamos que absolvieron a César Lebus de los delitos de abuso sexual a sus propios hijos. Las pruebas que presentó la madre fueron contundentes, los estudios de las psicólogas y, lo más importante, el testimonio del niño en la cámara Gesell.

La defensa tan solo se defendió diciendo que todo lo que contaban los niños eran construcciones de la madre. Y para sostener esta hipótesis se apoyaron en la opinión de una psicóloga que nunca vio ni escuchó a los niños, sino que se basó en los informes de las psicólogas que sí acompañaron y escucharon todo este tiempo el sufrimiento de los niños. Eso sí, en la sentencia, se tomaron el tiempo de escribir todo el currículum de esta mujer, tal vez para justificar una sentencia tan controvertida. Además, llegaron a alegar que los informes de las psicólogas no tenían fundamento científico.

Nos preguntamos: si tan admirados estaban los jueces de la profesionalidad de la psicóloga de la defensa, con suficiente experiencia en cámaras Gesel ¿no pudieron pensar que conocía la única manera de liberar al abusador? ¿Realmente no sabían que el uso del SAP (Síndrome de Alienación Parental) como defensa del abusador desacredita la voz de los niños y niñas en juicios de este tipo dejándoles indefensos ante el abusador?

No dudamos de la profesionalidad de los jueces ni de su preparación en temas judiciales. Pero, ¿Cómo pueden liberar a un abusador basándose en los fundamentos teóricos de la psicóloga de la defensa? ¿Acaso son los jueces también expertos en materia de psicología?

Otra cosa que nos llamó la atención fue la calificación que hicieron de los estudios de las psicólogas de los niños: no tienen “fundamento científico”. Cuando es justamente al revés: el SAP está desacreditado de por la comunidad científica. De hecho, el SAP no está reconocido como un trastorno válido por ninguna organización científica o médica importante, incluyendo la Asociación Americana de Psiquiatría (APA) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

No se encuentra en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5) ni en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11). Todos los autores que señala la psicóloga de la defensa son defensores del SAP y parece que el tribunal dio validez a estos fundamentos, repetimos, no aceptados por la comunidad científica. La APA, por ejemplo, no incluye el SAP en su Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM), argumentando que carece de suficiente evidencia empírica para ser considerado un trastorno psicológico legítimo.

¿Qué es el SAP y por qué es tan peligroso para los y las niñas en procesos judiciales?

El Síndrome de Alienación Parental (SAP) es un concepto introducido por el psiquiatra estadounidense Richard Gardner en la década de 1980. Gardner describió el SAP como un supuesto trastorno que surge principalmente en el contexto de disputas de custodia, donde uno de los padres, generalmente la madre según Gardner, manipula al niño para que rechace al otro progenitor sin justificación razonable. Según esta teoría, el niño desarrollaría una aversión irracional hacia el progenitor «alienado», atribuyendo falsamente comportamientos abusivos o negligentes a dicho progenitor. En este caso, la defensa del abusador afirma que la madre había manipulado al niño para que fuese a una cámara Gesell a decir que su propio padre había abusado sexualmente de él. Y que, en realidad, nunca pasó nada. El niño simplemente miente.

Uno de los principales problemas del SAP es que se ha utilizado para desacreditar las denuncias de abuso sexual infantil. Los defensores del SAP argumentan que las acusaciones de abuso pueden ser fabricadas por un progenitor enojado para alienar al niño del otro progenitor. Esto ha llevado a que muchas denuncias legítimas de abuso sean ignoradas o desestimadas, dejando a los menores en situaciones de peligro.

Consideramos que es un gran error utilizar el SAP en tribunales porque evidentemente descalifica y silencia las voces de los menores que se atreven a denunciar abusos. Esto no solo perpetúa el abuso, sino que también puede generar un trauma adicional para el niño, al ser obligado a mantener contacto con su abusador. El uso del SAP pone en duda la credibilidad del niño o la niña y minimiza su sufrimiento, lo cual es sumamente perjudicial para su bienestar emocional y psicológico.

En Argentina, la ley de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes (Ley 26.061) y la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743) promueven la escucha y protección de los menores en casos de violencia y abuso. Sin embargo, el uso indebido del SAP en procesos judiciales puede contradecir estos principios, exponiendo a los menores a revictimización.

Solo nos queda esperar a la apelación para que la justicia ponga el peso de sus decisiones en ley de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes (Ley 26.061) y la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743) y no en una teoría no aceptada por ninguna comunidad científica importante. El SAP no puede ser usado como una herramienta legal para desacreditar la voz de este menor que se atrevió a dar el paso para denunciar los abusos sexuales de su padre.

¡Será justicia!

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