Un fallo clave para el país: proteger a las infancias es una prioridad

SE CONFIRMÓ LA CONDENA A CÉSAR LEBUS, UN AVANCE EN LA LUCHA CONTRA EL ABUSO INFANTIL

Audiencia esperada: se confirmó la condena a César Lebus, un triunfo para la protección de las infancias

Estábamos expectantes por esta resolución: la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Vera (Sebastián Creus, Bruno Netri y Martha Feijóo) confirmó la condena dictada en octubre de 2024 contra César Manuel Lebus, por abuso sexual con acceso carnal agravado, corrupción de menores, amenazas y violencia, imponiéndole 14 años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta. Se revocó así la absolución que habían otorgado en mayo de 2024 los jueces Santiago Roberto Banegas, Norma Noemí Senn y Martín Gauna Chapero, que se basaron en teorías sin respaldo científico al considerar que el testimonio del niño había sido “inoculado”.

Recordemos que en medio de esta polémica, a fines de agosto de 2024, la UTN regional Reconquista organizó una charla sobre denuncias de abuso sexual infantil y falsas acusaciones, donde fue invitado el psicólogo forense Pablo Martínez Soares de Lima. Allí promovió ideas alineadas con el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP), a pesar de que reconocía que éste no es aceptado científicamente. Sin embargo, sus planteos siguen el mismo enfoque desacreditado: cuestionan sistemáticamente el testimonio de niñas y niños que denuncian abuso y ponen bajo sospecha a las madres que acompañan esas denuncias. Estas teorías han sido rechazadas por organismos como la Asociación Americana de Psiquiatría y no cuentan con el respaldo de la FEPRA en Argentina. Lejos de aportar claridad, este tipo de argumentos han sido históricamente utilizados para deslegitimar relatos de abuso y favorecer la impunidad.

Los casos de abuso infantil no pueden resolverse con teorías pseudocientíficas ni prejuicios. La justicia nacional ya incorpora herramientas forenses como la Cámara Gesell y métodos reconocidos internacionalmente —CBCA (Análisis de Contenido Basado en Criterios) y SVA (Evaluación de Validez de Declaración)— para evaluar la credibilidad de testimonios infantiles. Rechazar o cuestionar estas herramientas sin evidencia científica real debilita la protección judicial de los niños y niñas y fortalece la impunidad.

Lo que deja esta resolución judicial no es solo una condena. Es un mensaje firme: la justicia en Argentina puede actuar con sensibilidad, con conocimiento, y con perspectiva de niñez. Puede proteger en lugar de dudar. Puede dejar de repetir prejuicios para empezar a reparar.
Deja también a la vista la profesionalidad y el compromiso de las y los jueces que integran la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Vera. Su decisión se basó en una evaluación profunda de las pruebas, en la utilización de criterios científicos validados y en una clara comprensión de la importancia de proteger los derechos de las infancias por encima de especulaciones o presiones externas. Este tipo de sentencias muestran que hay magistrados y magistradas capaces de ejercer justicia con integridad, más allá de intereses o relatos que buscan instalar la duda como forma de impunidad.

Lo que pasó en Vera no es solo un caso local. Es un símbolo de algo mucho más grande. Una señal de que las instituciones pueden estar a la altura cuando se lo proponen, que no todo está perdido, y que todavía se puede confiar en una justicia que defienda a quienes menos voz tienen. Para todas las personas que alguna vez se animaron a hablar y no fueron escuchadas, este fallo también es para ustedes. Porque no hay justicia posible sin una escucha real a quienes, con coraje, se animan a contar su dolor.

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